Los antecedentes
La Unión Europea sigue aplicando la Directiva sobre transparencia / Directiva 2013-50-UE, de 22 de octubre de 2013, relativa a la regulación de los mercados financieros europeos.
El 18 de diciembre de 2017, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEM) publicó el proyecto final para la elaboración de Normas Técnicas Reglamentarias (NTR), sentando las bases de un nuevo formato de presentación de informes, uniforme en toda la UE: el formato electrónico único europeo (ESEF). El objetivo es:
- aumentar la transparencia en los mercados regulados de la UE y el EEE,
- hacer informes financieros comparables independientemente de su idioma, estructura y formato,
- permitir que los inversores, las autoridades públicas y los emisores puedan llevar a cabo un análisis automatizado de la información financiera.
Objetivo del Reglamento del ESEF
El objetivo del Reglamento ESEF es la comparabilidad y el aumento de la transparencia en toda Europa. La taxonomía especifica el alcance de un informe financiero hasta la última línea. El volumen de negocios y los beneficios están, por lo tanto, en el mismo lugar para una empresa de Alemania que para los emisores de Austria o Italia, independientemente del idioma o la industria a la que pertenece la empresa. Esto tiene como objetivo simplificar considerablemente el trabajo de los analistas, inversores y auditores. Dado que el contenido de la línea está claramente definido, ya no deberán preocuparse en las distintas definiciones para los diferentes ratios. Así, un software de análisis podrá utilizarse para analizar y comparar rápidamente una gran cantidad de información financiera.
ESEF, XBRL, ESMA … – Aclaración de los términos
- ESEF: Formato Electrónico Único Europeo – el nombre del nuevo formato armonizado para los informes electrónicos en la UE.
- ESMA: Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM en español) para mejorar la protección de los inversores y asegurar la estabilidad y el orden de los mercados financieros. Supervisa, entre otras cosas, la aplicación del Reglamento de la ESEF.
- XBRL: Extensible Business Reporting Language – un lenguaje basado en XML que permite la estandarización de datos. Anteriormente, los informes financieros se hacían en XBRL.
- iXBRL: El Lenguaje Extensible de Informes de Negocios en línea es el desarrollo posterior del XBRL. Los documentos XBRL se insertan en un documento HTML de tal manera que se pueden visualizar en los navegadores web con el formato típico de HTML.
- RTS: Norma Técnica Reglamentaria. Se encargó a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) que desarrollara la norma técnica reglamentaria (RTS) para el formato de información digital estándar de la UE, ESEF.
- XHTML: Extensible HyperText Markup Language es un lenguaje de marcado basado en texto que se basa en HTML 4.01. El lenguaje utilizado para el marcado es HTML 4.01. El XHTML permite la estructuración y el marcado semántico de contenidos como texto, imágenes e hipervínculos en documentos.
- Taxonomía: Un sistema de clasificación para identificar y estructurar la información. Para la ESEF se utilizan los elementos estándar de la taxonomía ESEF/IFRS.
Preguntas y respuestas sobre ESEF
- ¿A quiénes afecta el requisito de presentación de informes del ESEF?
- ¿A partir de cuándo se aplica la obligación de informar al ESEF?
- ¿Existe un período de transición?
- ¿Cómo se implementa técnicamente el ESEF?
- ¿Cómo puedo acceder a la taxonomía de las IFRS?
- ¿Cómo y a quién se transmitirán los estados financieros consolidados en el futuro?
- ¿Qué significa el Reglamento ESEF para los emisores?
- ¿Qué significa el Reglamento ESEF para los auditores y los consejos de supervisión?
- ¿Qué costos deben esperar los emisores para implementar el Reglamento ESEF?
- Ventajas y desventajas de una solución interna frente a un proveedor de servicios
- ¿Dónde se puede encontrar la taxonomía de las NIIF/ESEF?
En toda Europa, esto afecta a unas 7.500 empresas. Aproximadamente 5.300 de ellas tienen que etiquetar sus estados financieros consolidados con arreglo a las NIIF como parte del informe financiero anual.
Todos los informes financieros anuales correspondientes a los ejercicios financieros que comiencen a partir del 1 de enero de 2020 deberán publicarse en formato de Lenguaje de Marcado de Hipertexto Extensible (xhtml). Tanto los estados financieros anuales como los estados financieros consolidados se verán afectados.
No. Sin embargo, para los ejercicios económicos que comiencen el 1 de enero de 2020 o después de esa fecha, sólo será necesario etiquetar los “estados financieros principales” como el balance, la cuenta de resultados, el flujo de caja y el estado de cambios en el patrimonio neto. Además, deben etiquetarse algunos datos de la compañía que incluye información clave como el nombre, el domicilio social, la forma jurídica, etc. De acuerdo con el Art. 4 No. 3 del borrador de la AEVM, el uso de etiquetas adicionales es opcional.
Para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2022, el alcance del requisito de divulgación se amplía para incluir las notas de los estados financieros consolidados (se deben etiquetar 234 informaciones adicionales).
A partir del 1 de enero de 2020, se exigirá a las empresas que informen en un lenguaje XML y en el lenguaje de información comercial extensible en línea (iXBRL). Todas las cifras y la información de los estados financieros se proporcionarán con una etiqueta estandarizada (tag). Estas etiquetas siguen una taxonomía NIIF claramente definida, presentada en el lenguaje iXBRL. Permite a los sistemas informáticos leer los estados financieros anuales/estados financieros consolidados de forma semiautomática y procesar la información con mayor profundidad. Para ello se proporciona una taxonomía ESEF completa. Además, este formato puede abrirse y visualizarse en cualquier navegador estándar como si fuera un sitio web. Así, un informe financiero XHTML puede diseñarse y prepararse gráficamente como un archivo PDF de impresión según los deseos de los emisores.
Las empresas que se incluyen en los estados financieros consolidados de las NIIF de una empresa orientada al mercado de capitales deben comprobar en una fase temprana si los estados financieros o los sistemas de contabilidad están provistos de etiquetas XBRL y en qué medida. En este contexto, son de interés las ampliaciones de la taxonomía por parte de la empresa matriz.
La taxonomía ESEF se basa en la taxonomía IFRS (International Financial Reporting Standars) o NIIF en español, de la institución IFRS. Sin embargo, se basa en el estatus legal aprobado por la Comisión Europea. En vista de la experiencia con la taxonomía de las NIIF, se esperan frecuentes cambios y adiciones a la taxonomía ESEF. Por consiguiente, se aconseja a los emisores que apliquen procesos que garanticen que la taxonomía y las normas técnicas estén siempre actualizadas y que las innovaciones a todos los niveles se incorporen al sistema contable. Al establecer vínculos con otros sistemas (por ejemplo, el balance electrónico), también debe prestarse atención a las interdependencias. En este contexto, cabe esperar que los costos de funcionamiento sean más elevados.
La taxonomía de las NIIF está disponible en la página web del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). La taxonomía correspondiente para la ESEF está disponible en la página web de la ESMA.
No está prevista la transmisión directa de los estados financieros a la AEVM. Los registros comerciales nacionales seguirán vigentes. También habrá un registro central europeo con referencia a los registros nacionales (Punto de Acceso Electrónico Europeo).
En España, por lo tanto, los estados financieros seguirán transmitiéndose a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Los emisores pueden hacerlo por sí mismos o a través de un proveedor de servicios.
Las empresas que cotizan en los mercados regulados de la UE y el EEE están obligadas a presentar sus estados financieros anuales en formato digital, en un formato uniforme, a partir del 1 de enero de 2020. En la práctica, esto significa que la información financiera debe hacerse en un lenguaje XML (inline eXtensible Business Reporting Language, iBRL para abreviar). Todas las cifras y la información de los estados financieros anteriores se proporcionarán con una etiqueta (tag) normalizada. Estas etiquetas siguen una taxonomía NIIF claramente definida, representada en el lenguaje iXBRL. Permite a los sistemas informáticos leer los estados financieros anuales/estados financieros consolidados de forma semiautomática y procesar la información con mayor profundidad.
De acuerdo con la redacción del Art. 4 párrafo. 1, el objeto de la Directiva de Transparencia es la publicación de informes financieros anuales. No se aborda la elaboración del informe ni la preparación de los distintos componentes. Sin embargo, los estados financieros auditados (consolidados) y el informe de gestión (consolidado) son componentes declarados. La ESEF-RefE resuelve esta ambigüedad trasladando los requisitos de la obligación de ESEF a la declaración. De este modo, se descarta la mera transferencia de la información financiera auditada a un formato electrónico, pero también el control del contenido por parte de un tercero. El legislador sigue el supuesto de que la Comisión de la UE está obligada a auditar los estados financieros. Sin embargo, esto no aparece explícitamente en el propio Reglamento ESEF, sino sólo en las preguntas y respuestas que lo acompañan. Dado que en el futuro la información digital estará vinculada a la preparación de los estados financieros, los auditores y la junta de supervisión deben evaluar la exactitud del etiquetado.
El Reglamento ESEF implica un gasto considerable para los emisores. Por lo tanto, no se deben subestimar los costes de la conversión. El coste depende mucho de si los emisores implementan el marcado, etc., ellos mismos o encargan a un proveedor de servicios que lo haga.
La solución interna está asociada a altos costos iniciales para la compra del software correspondiente, pero también para la ampliación del personal en las relaciones contables/inversoras. Con la solución externa, los costos iniciales son significativamente más bajos, pero hay tarifas de transferencia al formato ESEF para cada transacción.
Con la decisión de implementar el ESEF internamente, las empresas están impulsando la digitalización en sus compañías. Esto requiere inicialmente una alta inversión inicial en software apropiado y adaptaciones de sistemas. Además, los gastos de funcionamiento aumentarán debido a la necesidad de incrementar personal en administración y relaciones con los inversores. Sin embargo, una vez que todo se haya implementado, los requisitos de la ESEF pueden aplicarse de forma semiautomática, reduciendo significativamente el esfuerzo manual y las fuentes de error.
Encargar la solución a un proveedor de servicios significaría minimizar los esfuerzos dentro de su organización. La experiencia con la taxonomía IFRS muestra que se esperan cambios frecuentes a la taxonomía ESEF. Los emisores deben asegurarse de que la taxonomía y las normas técnicas estén siempre actualizadas y que las innovaciones a todos los niveles se incorporen al sistema contable. Este esfuerzo es considerable y probablemente no sea asequible sin mano de obra adicional en la contabilidad/relaciones con los inversores. Al contratar a un proveedor de servicios, este riesgo se subcontrata. Además, las inversiones iniciales y las cargas adicionales para la contabilidad, la tecnología de la información y las relaciones con los inversores son considerablemente menores. Si es cierto que el emisor tiene menos control sobre el proceso de creación. También en este caso, la decisión debe coordinarse con la de la matriz/filial si el emisor pertenece a un grupo.
La taxonomía de las NIIF está disponible en el sitio web del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). La taxonomía correspondiente a la ESEF está disponible en la página web de la ESMA.
Tutoriales sobre ESEF
Tutorial #1ESEF 2020: Implementation support for preparers
Tutorial #2ESEF 2020: ESMA-Tutorial
Tutorial #3ESEF 2020: Further implementation support for preparers
Servicio ESEF
Servicio ESEF del EQS Group
Nuestro servicio ESEF se encarga de la conversión, etiquetado y envío. No se requiere software adicional. Cumpla con sus requisitos de ESEF con nosotros.